top of page

Tienes que conocer tus derechos humanos y tus obligaciones.
Tienes que observar los derechos humanos.
Tienes que reconocer cuando se viola un derecho humano.
Tienes que hacer todo lo que esté a tu alcance, individualmente o en grupo, para que se respeten los derechos humanos.

 

Esta información fue obtenida de la Pagina Web del Banco de la Republica en su enlace :

http://www.banrepcultural.org/blaavirtual/sociologia/derhuma/dpres2d.htm

 

¿Cómo podemos defender nuestros derechos humanos?

 

En primer lugar, respetando los derechos de los demás en cada una de nuestras actividades diarias, y cuando desarrollemos proyectos sociales, económicos y ambientales para mejorar la calidad de vida de todos.

 

En segundo término, participando en todas las esferas de la vida social y política, y especialmente ejerciendo los derechos de participación con que contamos a partir de la nueva constitución de Colombia, que definió nuestra democracia como participativa.

 

Según allá, los elegidos a cargos públicos son sometidos a control directo de los ciudadanos, y éstos no se limitan a votar cada cierto tiempo sino que tienen una injerencia directa en la decisión, ejecución y control de la gestión estatal en sus diversos niveles de gobierno, y en general en todas las decisiones que los afectan en la vida económica, política, administrativa y cultural de la nación (art. 2 de la Constitución Nacional). (1)

 

En el ámbito social, tenemos derecho a participar:

 

- en las Juntas Administradoras Locales mediante las cuales se puede participar en el diseño de los planes municipales de desarrollo, vigilar la prestación de los servicios públicos, y formular y vigilar la ejecución de propuestas de inversión (art. 318 Constitución nacional).

 

- en la gestión y fiscalización de las empresas de servicios públicos (art. 369 C.N.)

 

- en la educación y la salud, participando como comunidad en el manejo de los servicios de salud (art. 49 C.N.), y en la dirección de Las instituciones educativas (art. 68 C.N.).

 

- en la protección de los derechos colectivos, como usuarios y consumidores organizados para intervenir en el estudio de las disposiciones que regulan el control de la calidad de los bienes y servicios ofrecidos a las comunidades (art. 78 C.N.), o para contribuir a tomar decisiones para garantizar un medio ambiente sano (art. 79 C.N.)

 

En el ámbito político, tenemos derecho a tomar parte en la conformación, ejercicio y control del poder político (art. 40 C.N.), a través de los siguientes mecanismos:

 

- El voto, mediante el cual podemos elegir y ser elegidos a corporaciones públicas tales como juntas administradoras locales, consejos municipales, asambleas departamentales, congreso, alcaldías y gobernaciones, presidencia y vicepresidencia de la república.

 

- El plebiscito, o consulta a los ciudadanos sobre decisiones de trascendencia nacional (art.104 C.N.), o sobre la aceptación de una política del gobernante.

 

-El referendo, que nos permite manifestar nuestro acuerdo o desacuerdo con actos normativos, y está dirigido a derogar una ley (art. 170 C.N.), aprobar o no la constitución de varios departamentos como una entidad territorial regional (arts 306 y 307 C.N.), reformar la Constitución, convocar una Asamblea nacional constituyente, o aprobar una reforma constitucional (arts.374, 376, 377 y 378 C.N.).

 

- La consulta popular, convocada para gobernadores o alcaldes, mediante la cual los habitantes de un departamento o municipio podemos decidir sobre asuntos de interés exclusivo de esas entidades, o sobre su ingreso a una provincia o área metropolitana (arts. 105 y 321 C.N.)

 

- El cabildo abierto, o reunión pública de ciudadanos con concejales o miembros de una junta administradora local para analizar asuntos de interés de todos.

 

- La iniciativa legislativa directa de los ciudadanos, según la cual como tales podemos presentar proyectos de ley o de reforma constitucional (art. 155 C.N.).

 

- La revocatoria del mandato que permite a los ciudadanos dar por terminada la elección que hicieron de alguien como su gobernador de departamento, o alcalde municipal, por faltas al cumplimiento de Las obligaciones de su investidura (art. 133 C.N.), o incumplimiento del programa presentado al momento de inscribirse como candidato (art. 295 C.N.)

 

- El control político del Presidente por parte del Congreso.

 

- El control constitucional, ejercido por cualquier ciudadano para demandar la declaratoria de inconstitucionalidad de una ley o decreto expedido par facultades extraordinarias; o de un decreto, una ordenanza, un acuerdo o una resolución administrativa.

 

Igualmente, en el ámbito político tenemos derecho a asociarnos y reunirnos, y hacer proselitismo político en pro de nuestras convicciones así como a organizarnos sindicalmente y ejercer derechos como el de huelga o el de expresión, entre otras, cuyas características se tratarán en el derecho de petición o en acciones populares o en la acción de tutela y finalmente, podemos defender nuestros derechos humanos, ejerciendo Las acciones y usando Las herramientas legales disponibles para protegerlos y defenderlos, tales como cartilla N. 3 de la serie «Nuestros derechos humanos» (2).

 

1)Ver Carlos Augusto Lozano, "Escenarios para la participación", en Su Defensor, periódico de la Defensoría del Pueblo para la divulgación de Los derechos humanos, N.8, marzo de 1994. pgs 5 a 7.

2) Ver Andrés Sánchez, Herramientas para defender nuestros derechos humanos. Cartilla N. 3 de la serie «Nuestros derechos Humanos», Consejería Presidencial para Los Derechos Humanos, Santafé de Bogotá, abril de 1994

 

El objetivo principal de las Naciones Unidas es que los derechos humanos se cumplan en todo el mundo.

 

Tanto los gobiernos como las personas tienen que cumplir con el deber y la obligación de respetar y proteger los derechos humanos.

 

La clave para promover el respeto de los derechos humanos está en que cada persona tenga conciencia de sus derechos y los difunda en la comunidad a la que pertenezca.

 

SI HABIENDO HECHO TODO LO QUE ESTA A MI ALCANCE SE VIOLAN LOS DERECHOS HUMANOS, ¿QUE SE PUEDE HACER?

Como último recurso, tú tienes la posibilidad de denunciar violaciones a los derechos humanos o exigir que éstos se cumplan. Lee con atención esta guía, y cualquier duda que surja, consulta con una persona mayor.

 

¿A QUIEN DEBO RECURRIR ANTE UNA VIOLACION A LOS DERECHOS HUMANOS?

Tendrás que concurrir a la jurisdicción interna: los organismos o instituciones nacionales, tales como los Tribunales de Justicia, Policía, Ministerios y Organismos no Gubernamentales, entre otros.

 

¿QUE SUCEDE SI MI PAIS NO RESPONDE ADECUADAMENTE, O NO ESCUCHA MI RECLAMO?

En caso de que las instituciones oficiales de tu país no den respuesta a las denuncias, puedes dirigirte al organismo regional correspondiente -en el caso de América, a la Organización de los Estados Americanos (OEA)- o a las Naciones Unidas.

 

PARA QUE COMPRENDAS COMO SE LLEVA A CABO UNA DENUNCIA, TE EXPLICARE BREVEMENTE LOS REQUISITOS Y PASOS A SEGUIR:

 

A) NACIONES UNIDAS

 

El procedimiento que debes seguir para hacer una denuncia está basado en el "Protocolo Facultativo del Pacto de Derechos Civiles y Políticos".

 

Requisitos que debes seguir:

 

1. Antes de someter la denuncia ante las Naciones Unidas debes haber agotado todos los recursos de la jurisdicci ón interna (Tribunales de Justicia, Policía, Ministerios, etc.).

2. Las denuncias deben presentarse con los datos personales del denunciante, no pueden ser anónimas.

3. Las denuncias deben proceder de una persona o de varias personas sujetas a la jurisdicción de un Estado que sea Parte en el Protocolo Facultativo (la mayoría de los países latinoamericanos forman parte del mismo).

4. La denuncia debe ser realizada por la persona que afirma que sus derechos han sido violados por ese Estado. Cuando la víctima no pueda presentar la denuncia, el Comité puede examinar una denuncia presentada por otra persona que justifique que está capacitada para actuar en nombre de la supuesta víctima.

5. La denuncia no puede ser admitida si la misma está siendo examinada en otro procedimiento internacional.

 

Aquí te presento el Modelo de Denuncias o Comunicaciones que se utiliza para hacer llegar las denuncias sobre violaciones a los derechos humanos al Alto Comisionado para los Derechos Humanos de Naciones Unidas. (Este procedimiento de denuncia se conoce con el número 1503, procedimiento que permite a cualquier persona o grupo de personas que informe a Naciones Unidas sobre violaciones de derechos humanos.)

La comunicaci ón debe enviarse a:

 

Alto Comisionado para los Derechos Humanos

Palais des Nations, 8-14 avenue de la Paix

CH 1211 Ginebra 10, Suiza

Teléfono: (41 22) 9173456

Fax: (41 22) 9170213

 

B) ORGANIZACION DE LOS ESTADOS AMERICANOS (OEA)

 

Si eres ciudadano de un país que pertenece al continente americano puedes recurrir a la OEA. La OEA cuenta con la Comisión Interamericana de Derechos Humanos (CIDH), cuya función actual es promover el respeto de los derechos humanos y servir como Organo Consultivo en esta materia.

 

Requisitos que debes seguir:

1. Antes de someter la comunicación ante la OEA deberás haber agotado todos los recursos de la jurisdicción nacional.

2. Las comunicaciones deben presentarse por escrito ante la CIDH.

3. Las comunicaciones deben presentarse con los datos personales del denunciante, no deben ser anónimas.

4. Las comunicaciones deben presentarse junto a una descripción de la situación denunciada y, si es posible, deben contener el nombre o los nombres de las víctimas, así como de cualquier autoridad pública que haya tomado conocimiento de dicha situación.

5. Se debe especificar el Estado miembro que el denunciante considera responsable de la violación.

6. La denuncia no puede ser admitida si la misma está siendo examinada en otro procedimiento internacional de investigación o arreglo.

 

Las denuncias deben enviarse a:

 

Comisión Interamericana de Derechos Humanos

1889 F Street, N. W.

Washington, D. C. 20006

Teléfono: (202) 458-6002

Telex : 641281


Facsímile: (202) 458-3992.

 

bottom of page